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  • Foto del escritorMarcelino Esparza

CFDi 4.0 - Cambios para el 2022!

2022 trae consigo un conjunto de cambios significativos en términos de facturación electrónica.

Primero. Ya se encuentra publicado en DOF las pautas sobre un nuevo complemento Carta Porte que deberá ser preparado y estar presente durante el traslado de cualquier mercancía que se transporte dentro del territorio Nacional. Esto es obligatorio a partir del 1 de enero de 2022.

En segundo lugar. La miscelánea fiscal aprobada para 2022 considera cambios sustanciales en la forma, procesos y estructura del CFDi. La obligatoriedad y los detalles de estos cambios no han sido publicados por la autoridad, pero son inminentes.



Detalle de los cambios

Los cambios más importantes se refieren a las actualizaciones de CFDi. El CFDi está avanzando de la versión 3.3 a la 4.0, mientras que el Recibo de pago y el Comprobante de Retenciones se están moviendo de la versión 1.0 a la 2.0. En todos estos casos hay cambios en el esquema debido a la adición de nodos y campos, así como a la actualización de atributos en algunos campos. Esta actualización también incluye el uso de nuevos catálogos y validaciones. Adicionalmente, el proceso de cancelación de CFDi sufre cambios en términos del período en el que es válido cancelar un documento; en este nuevo modelo nuevo un folio de cancelación sustituye al documento cancelado. Los cambios en el esquema CFDi obligan a actualizar toda la lógica CFDi incluso para la nómina.


El cambio de Carta Porte incorpora un nuevo complemento al CFDi con la información de transporte. Todos los materiales y mercancías que se transporten dentro del territorio nacional deberán ir acompañados de este nuevo documento fiscal; esto se aplica a todos los tipos de transporte, como avión, tren, barco o por carretera. Existen algunas especificaciones para los transportes ferroviario, aéreo, marítimo, o por carretera; pero en general el complemento debe incluir:

  • Detalle del material / mercancía, incluido el detalle del tarifa arancelaria y pedimento si se importa / exporta

  • Permiso SCT del vehículo

  • Detalle del seguro del vehículo

  • Placas de vehículos y otros detalles de identificación.

  • Detalle fiscal del conductor

  • Tiempos y distancias estimados para todas las ubicaciones incluidas en la entrega (se requiere el uso de catálogos para trenes, aviones y barcos)

  • Detalle fiscal del propietario / arrendador del medio de transporte

  • Detalle de los receptores de las mercancías

Hay dos escenarios para emitir el CFDi con Carta Porte. Si el contribuyente transporta la mercadería utilizando vehículos propios o este se subcontrata a un transportista.

En el primer escenario, el contribuyente debe crear un CFDi de tipo Traslado agregando el complemento mencionado; en el segundo escenario el transportista es el encargado de preparar un CFDi de tipo Ingreso. Es importante tener en cuenta que para que el transportista prepare el CFDi, se requerirá alguna información que deberá proveer el propietario de la mercancía.


Consecuencias de no estar listos con estos cambios


Como se muestra en el gráfico anterior, además de la recaudación regular de impuestos, las Autoridades Tributarias en México han venido incrementando la recaudación asociada a las actividades de Fiscalización. Este aumento está alineado con las actualizaciones de CFDi y la aplicación de algoritmos de IA.

Además, si las autoridades fiscales encuentran inconsistencias sobre cómo se emiten los CFDi, los certificados de sello de facturación pueden cancelarse hasta que se regularice la situación.


Respecto a Carta Porte. Tanto si utiliza su propio medio de transporte como si subcontrata el servicio a un transportista, es fundamental que obtenga y conserve el CFDi con complemento. Si no lo hace, el gasto de transporte no será deducible y el IVA asociado no será acreditable.


Hoy más que nunca es importante contar con la asesoría fiscal y de sistemas necesaria para evitar estos riesgos


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